139. Estímulos a estudiantes y empleados.
Matrículas de honor. Estudiante distinguido. Premios a la investigación. Exaltación de mértios. Beca "Jorge Martínez Roa".

Estímulos a estudiantes.
17.4 Matrículas de honor.
Al estudiante que haya obtenido:
1. El mayor puntaje entre los aspirantes admitidos.
2. Un promedio semestral, durante el período inmediatamente anterior, de cuatro coma tres (4,3) o superior, siempre y cuando haya cursado al menos el número mínimo de créditos permitido por este reglamento.
17.5 Estudiante distinguido.
A los estudiantes que obtengan un promedio de grado de cuatro coma cero (4,0) o superior. Esta distinción se hará constar en el acta de grado. No se aplica para los estudiantes de Postgrado.
17.6 Representaciones de la universidad en actividades nacionales e internacionales.
17.7 Premios a la investigación.
17.8 Exaltación de mértios.
Será conferida a los estudiantes que se hayan destacado en los campos científico, humanístico, deportivo, artístico o de servicios a la comunidad, en cumplimiento de actividades extra universitarias.
La exaltación de méritos será otorgada por la Rectoría, en ceremonia anual, previo el análisis de los méritos que puedan reunir los candidatos, presentados por las distintas dependencias de la Universidad.
17.9 Beca "Jorge Martínez Roa".
A los estudiantes que obtengan un promedio de grado de cuatro coma cinco (4,5) o superior.
Los estudiantes distinguidos con esta mención se les otorgará una beca de especialización por el término de dos (2) años en los programas de postgrado que ofrece la Universidad Tecnológica de Pereira y se dejará constancia en el acta de grado.
Estímulos a los empleados por sus años de servicio a la institución.
Estatuto de Personal Administrativo: Acuerdo No.0038 del 5 de diciembre de 1995, Capítulo VII "De los Estímulos y las Distinciones", Artículo 72, numeral b) Condecoraciones a los 10, 15, 20 y 25 años de servicio a la Universidad.
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